Hasta el 30 de abril de 2021 hay plazo para postular al beneficio que incentiva el regreso de trabajadoras y trabajadores con contrato suspendido, y/o la contratación de nuevas personas en las empresas, financiando parte de sus remuneraciones (Servicio Nacional de Capacitación y Empleo -SENCE). Lo anterior dice relación con los SUBSIDIOS ESTATALES denominados “REGRESA Y CONTRATA,” y en ambos casos, se postula en el portal web www.subsidioalempleo.cl
Subsidio Regresa
El SUBSIDIO REGRESA incentiva el regreso de trabajadores con contrato de trabajo suspendido conforme a la Ley de Protección al Empleo y que regresaron a trabajar, una vez finalizada la suspensión.
REQUISITOS:
- Para optar a este subsidio se requiere que las empresas experimenten un 20% o más de disminución de sus ventas o ingresos brutos acumulados desde abril a julio de 2020, en comparación al mismo periodo de 2019, según información del SII. Este subsidio no aplica para empresas que no cuenten con la información del 2019.
- Por su parte, aplica para trabajadores contratados con una remuneración mensual bruta igual o menor a 3 ingresos mínimos mensuales ($979.500.-), al momento de postular.
- Es requisito esencial que las cotizaciones previsionales de los trabajadores se encuentren pagadas dentro del plazo legal, por lo que no aplica en caso que se haga declaración y no pago de cotizaciones.
- Los trabajadores que hayan estado a afectos a suspensión de sus contratos, conforme a la Ley de Protección al Empleo, deben cumplir las siguientes condiciones:
a) Si la suspensión se produjo por un acto o declaración de autoridad (cuarentena), debe haber estado vigente al menos 1 día entre el 28 de agosto y 28 de septiembre ambos de 2020; y
b) Si la suspensión se produjo por un pacto o mutuo acuerdo de las partes, debe haber estado vigente al 28 de septiembre de 2020.
En ambos casos los trabajadores deben haber sido reincorporados a sus funciones.
BENEFICIO ECONÓMICO DEL SUBSIDIO:
El subsidio consiste en el pago que SENCE hace directamente a la empresa de la suma de $160.000 pesos mensuales por cada trabajador o trabajadora que se haya reintregado de sus suspensión, y con un límite máximo de hasta 6 meses de subsidio.
Adicionalmente, tratándose de mujeres jóvenes desde los 18 años y hasta menores de 24 años de edad, y de hombres mayores de 55 años, personas en situación de discapacidad y beneficiarias de alguna pensión de invalidez, el monto del beneficio se incrementa, y es de $200.000 mensuales.
En el evento de que el retorno del trabajador, se realice acogido a reducción de jornada, el subsidio se reduce proporcionalmente a dicho ajuste
SUBSIDIO CONTRATA.
Por su parte, el SUBSIDIO CONTRATA es entregado como un porcentaje de la remuneración mensual bruta (RMB) del trabajador, por hasta 8 o 10 meses, según el tamaño de la empresa y el tipo de subsidio que se opte.
REQUISITOS:
- Contratos con una remuneración mensual brutamenor o igual a 3 Ingresos Mínimos Mensuales ($979.500).
- Empresas de la primera categoría (incluidas todas la del régimen Pyme, renta presunta, individuales y otras) o de pequeños contribuyentes conforme al artículo 22 de la de la Ley sobre Impuesto a la Renta (pequeños comerciantes, artesanos y suplementeros, entre otros).
- Incrementar su nómina de trabajadores con contratos vigentes, respecto de la planilla de trabajadores que tenían a julio 2020 (Planilla de Referencia).
- Es requisito esencial que las cotizaciones previsionales de los trabajadores se encuentren pagadas dentro del plazo legal, por lo que no aplica en caso que se haga declaración y no pago de cotizaciones.
MONTOS DEL SUBISIDIO CONTRATA:
El monto del subsidio depende del tipo de trabajador y remuneración de éste, de acuerdo al siguiente esquema:
GRUPO A.
Para los siguientes trabajadores:
- Mujeres mayores de 18 años
- Personas en situación de discapacidad
- Hombres desde 18 años y hasta menores de 24 años
- Trabajadores pensionados por invalidez
- Hombres de 55 y más años
El Monto del subsidio corresponde a:
- Remuneración base mensual menor a $450.000: el subsidio es igual al 65% de la remuneración mensual bruta.
- Remuneración base mensual Mayor o igual a $450.000; pero menor o igual a $979.500: el subsidio será igual a $290.000.
GRUPO B:
Para los siguientes trabajadores:
- Hombres desde los 24 años y sin situación de discapacidad.
El Monto del subsidio que se pagará a la empresa corresponde a:
- Remuneración Base Mensual menor a $500.000: el subsidio es igual al 50% de la remuneración mensual bruta.
- Remuneración base mensual Mayor o igual a $500.000,. pero menor o igual a $979.500;el subsidio será igual a $250.000.-